DIVORCIO, ¿QÚE LE CORRESPONDE A LA MUJER?
Lo que puede corresponder a la esposa , o al esposo, después del divorcio dependerá siempre de si el procedimiento judicial va a cambiar sustancialmente el nivel económico previo o que se vino disfrutando durante la vida del matrimonio y así el elemento que nos dará la pauta para poder pedir una de las partes una pensión compensatoria al otro, es analizar las siguientes variables con el abogado para que se decida a pedir o no una pensión compensatoria:
- Si se ha trabajado antes y durante el matrimonio.
- Si se ha renunciado, o no, al desarrollo profesional, y si se tiene, o no, una carrera o titulación que habilite para reanudar la vida profesional.
- Edad del esposo/a y marco laboral de destino: si se pasa de los 45 años de edad, mayor o menor dificultad de reincorporación al mercado laboral…etc.
- Si el divorcio perjudica el negocio de los esposos
- Si el divorcio introduce desequilibrio o no, entre los mismos esposos y su situación económica.
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